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viernes, 23 de noviembre de 2012

El 42% de las webs de créditos al consumo en España no respeta las normas de la UE

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El 42 por ciento de los sitios web de créditos al consumo en España (de un total de 29, cuya identidad no ha sido revelada) no respeta las normas de la UE sobre protección de los consumidores, porque la publicidad no ofrece toda la información exigida o los costes se presentan de forma engañosa, según un informe de la Comisión Europea.
BRUSELAS, 23 (EUROPA PRESS)
El resultado supone una importante mejora respecto a la situación en enero de este año, cuando el mismo estudio puso de relieve que ningún sitio web en España cumplía las exigencias comunitarias. No obstante, se sitúa por debajo de la media comunitaria, con un 23 por ciento de incumplidores.
Sólo Dinamarca (60 por ciento de sitios incumplidores), Reino Unido (56 por ciento) y Hungría (47 por ciento) registran resultados peores que los de España. En contraste, en Bulgaria, Chipre, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, Portugal, República Checa y Rumanía, todas las webs investigadas respetan las normas.
Las autoridades nacionales de consumo son ahora las responsables de actuar y exigir a los sitios incumplidores que corrijan los problemas detectados o cierren, ha explicado el Ejecutivo comunitario.
La investigación sobre crédito al consumo se ha realizado mediante un "barrido" por Internet de las autoridades nacionales competentes de los 27 Estados miembro más Noruega e Islandia, bajo dirección de la UE, efectuando controles simultáneos y coordinados para detectar infracciones a la legislación comunitaria.
Se eligió este sector por su importancia, ya que en 2010 las entidades financieras de la eurozona se repartían más de 600.000 millones de euros de créditos al consumo.
El principal problema detectado fue la falta de información en la publicidad relativa al crédito. En muchos casos no se incluían todos los datos exigidos por la directiva de crédito al consumo, por ejemplo, la tasa anual equivalente (TAE), esencial para comparar ofertas; la información sobre si las comisiones sobre los servicios auxiliares obligatorios (por ejemplo, seguros) se habían incluido en el coste total; o la duración del contrato de crédito.
En otros casos no se proporcionaba información clara sobre los diversos elementos del coste total. Por ejemplo, el tipo de interés (fijo, variable o ambos), la duración del crédito, y algunos de los gastos vinculados (por ejemplo, comisiones de gestión).
Finalmente, se detectaron también problemas de presentación engañosa de los costes, por ejemplo en la manera de calcular el precio o no informando al consumidor de que al coste del crédito hay que añadir el coste de un seguro obligatorio.
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